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Plena inclusión cambia sus estatutos

Para situar a las personas con discapacidad intelectual en pie de igualdad con sus familias
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La Asamblea de Plena inclusión España del pasado viernes, en la que se conmemoraban 60 años de existencia como movimiento asociativo, fue también la que se aprobó la modificación estatutaria de mayor calado de todas las que nunca ha hecho esta confederación de 950 asociaciones. Tras haberse distinguido durante seis décadas como una organización de familias, Plena inclusión pasa a convertirse en una confederación de personas con discapacidad intelectual y sus familias.
Esta modificación legal, refrendada por unanimidad de la Asamblea General, supone un símbolo y un avance en el poder de decisión de un grupo humano que cada día va adquiriendo un papel más central en los órganos de este movimiento asociativo. Plena inclusión España gestiona 4.000 centros y servicios en los que se prestan apoyos a más 150.000 personas con discapacidad intelectual y del desarrollo en todo el país.

“Estoy emocionada por este camino que estamos recorriendo que nos empodera y nos llena de ilusión”, explica Maribel Cáceres, vicepresidenta de Plena inclusión España y miembro de la Plataforma Estatal de Representantes de Personas con Discapacidad Intelectual y del Desarrollo. Para Carmen Laucirica, presidenta de Plena inclusión España, “lo que acabamos de aprobar demuestra que en nuestro movimiento asociativo las personas con discapacidad intelectual son compañeras en la misión. Porque nos hemos propuesto conseguir que la sociedad española acepte la riqueza de la inclusión y oiga su clamor de más igualdad en el acceso a derechos de ciudadanía algo que, desgraciadamente, todavía no se da”.

Otros cambios relevantes de la modificación estatutaria son:

  • Se reconoce entre quienes pueden ser miembro de Plena inclusión a las entidades de ámbito estatal promovidas por las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo a propuesta de Plena inclusión España.
  • Existe una nueva categoría que son las entidades colaboradoras internacionales para establecer relaciones de cooperación y promoción de entidades análogas en el ámbito internacional.
  • Además, se regula la Plataforma Estatal de Representantes de Personas con Discapacidad Intelectual y del Desarrollo, y se establece la obligación de que exista al menos una vicepresidencia reservada a una persona con discapacidad intelectual y del desarrollo designada por esta Plataforma. La persona que ocupe esta vicepresidencia tiene el nivel de representación institucional de copresidenta.